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Reforma del outsourcing apunta hacia los proveedores: Latam

22 sept 2021
3 min de lectura


22 / 09 / 2021


Con un enfoque visto desde tres perspectivas: legal, como prestador de servicios y contratante de servicios; los profesores de LATAM Business School (LBS), expusieron la problemática que se vive actualmente con la implementación de la reforma en materia de subcontratación, en el webinar “Marco legal y problemática de la prestación de servicios especializados”.


Datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social -hasta el primero de septiembre- indican que hay 2.7 millones de trabajadores que fueron contratados por un patrón de manera directa; y hay un registro de 65,000 empresas como prestadoras de servicios especializados en el Registro de Prestadoras de Servicio u Obras Especializadas (REPSE).


Luis Manuel Guiada, socio Senior de Guiada y Asociados, habló a los cambios legislativos que se aprobaron en abril de este año y que han implicado una serie de dudas con la obligatoriedad para las empresas que prestan servicios y el registro ante el REPSE.


“En esta nueva realidad, y gracias al REPSE, se ha implementado un ‘nuevo verbo’ que es Repsear, y se dio a partir de la prohibición de la subcontratación de personal, que consiste en que una persona física o moral proporciona o ponga a disposición trabajadores en beneficios de otra”.


Hay diversas interpretaciones de la norma respecto, entre quienes se tiene que registrar y quienes no; “ha variado poco a poco llegando a la conclusión de que si la prestadora de servicios pone a disposición sus empleados con el simple hecho de que ingrese al centro de trabajo del cliente, ya deberá haber registro y esto creará una problemática a las empresas, porque tarde o temprano tendrán que requerir de un servicio externo y se verán afectadas”, expuso Luis Manuel Guiada.


Héctor González, también director corporativo de Relaciones Laborales para México y Centroamérica en Walmart, se refirió a las acciones que debió emprender la empresa de autoservicio frente a los cambios laborales y que aún no están del todo resueltos.


“Debe haber una convocatoria abierta de conciliación y para el entendimiento. Sobre todo, porque hay una lectura de la legislación y otra sobre la interpretación que se está haciendo de la Ley, no será una tarea fácil porque lo que tenemos que hacer como industria es ponernos de acuerdo para prestar el servicio o no, definir claramente lo que se está atendiendo, los cambios en la reforma en la materia aún están en proceso de desarrollo y es fundamental que se tenga claridad”, precisa González.


José León Hernández, también manager actuarial Services en EY México destaca, “la reforma ha sido una bola de nieve que no se ve cuándo dejará de crecer; hay una línea muy delgada entre lo que es una asesoría para lo que es ya un servicio especializado”.


En ese sentido, dice que “es importante tener sumo cuidado en qué es lo que aparece en un contrato de prestación de servicios, porque desgraciadamente en la manera que se han presentado los comunicados de la STPS han sido muy tenues.


Los análisis de cualquier empresa y firma que llegue con sus clientes son fundamental, la prestación de servicios en sitio se vuelve algo muy delicado, pues desde el punto de vista del cumplimiento se pueden llegar a tener muchos litigios laborales”, señala José León Hernández.


Los profesores de LBS recordaron que las obligaciones que implica realizar el registro son: la elaboración del contrato por escrito y su presentación de forma periódica, los informes al IMSS e Infonavit, la comprobación del pago de salarios, el cumplimento de la declaración al IVA, (en el caso de los patrones); y cada 3 años hacer la renovación del registro del REPSE.


Coincidieron en que estamos muy lejos de llegar a una solución, pues no existe una respuesta única, pero sí, argumentaron, estamos en un momento en el que podemos hacer una evaluación de riesgos y tratar de mitigarlos.


Sobre todo, porque en caso de prestar un servicio especializado, por obligación, debe haber un contrato; de no cumplir con ello, serán sancionados con una multa que va entre las 250 a 5,000 veces la UMA, actualmente de 22,405.00 a 448,100.00 pesos; artículos 14, primer párrafo y 1002, de la Ley Federal del Trabajo.

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