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En México la tortura todavía persiste, al igual que la impunidad: CNDH

27 jun 2022
3 min de lectura

26 / 06 / 2022


En el marco del Día Internacional en Apoyo a las Víctimas de la Tortura, desde el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), recuerdan a las las autoridades del Estado mexicano sobre el mandato constitucional que establece la obligación de respetar, proteger, promover y garantizar los derechos humanos de todas las personas que transitan y radican en el territorio mexicano, así como el deber de investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, entre las que se encuentra la tortura, una grave violación a los derechos humanos, que atenta contra la integridad personal y la dignidad humana.

Asimismo, exhortamos a las autoridades de los tres órdenes de gobierno para que, durante las investigaciones y entrevistas que realice en el contexto y ámbito de procuración de justicia, aplique los Principios de Méndez: Principios sobre investigaciones efectivas, cuyo principal objetivo es modificar las prácticas policiales, sustituyendo los interrogatorios por las entrevistas que permitan mejorar los resultados de las investigaciones, respetar plenamente los derechos humanos y mejorar la confianza en el Estado, lo que contribuirá con la prevención y erradicación de la tortura.

Por eso, la CNDH refrenda su compromiso con cero tolerancia a la tortura y su prohibición absoluta, así como para promover los más altos estándares de protección a los derechos humanos de las personas, sobre todo de aquellas que se encuentran privadas de su libertad y bajo el resguardo y responsabilidad de las autoridades, como son, centros penitenciarios, estaciones migratorias, centros de atención a las adicciones, hospitales psiquiátricos, albergues donde se encuentran niñas y niños en situación de abandono o conflicto con la ley, centros de albergue y atención a personas adultas mayores, entre otros y reitera su apoyo, solidaridad y acompañamiento a las víctimas de tortura y otros malos tratos, con un enfoque diferencial y de género, tomando en cuenta las desventajas sociales en las que se pueden encontrar.

En el derecho internacional, la prohibición de la tortura es absoluta, en el sentido de que no hay excepción y, por tanto, esta no puede ser aceptada, defendida, justificada o tolerada en ninguna circunstancia.


Este tipo de actos se configuran como una de las formas más graves de violación a los derechos humanos, dado que atentan contra la dignidad, provocan daños físicos y psicológicos irreparables.

En el país, se ha generado un marco normativo e institucional que se orienta a ponerle fin a esta grave violación a los derechos humanos, tal es el caso de la firma y ratificación de las convenciones, tanto de Naciones Unidas y su Protocolo Facultativo, como del Sistema Interamericano, de la promulgación de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Ley General de Víctimas; la creación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas a nivel federal y de las comisiones locales en la materia, entre otras acciones.


Sin embargo, aun reconociendo los esfuerzos realizados, la tortura todavía persiste, al igual que la impunidad por la falta de debida diligencia en las investigaciones sobre acusaciones de tortura, su procesamiento y sanción, lo que manda un mensaje de tolerancia y permisibilidad, que repercute en el derecho de las personas en situación de víctimas para obtener verdad, justicia y reparación.


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