Congreso de la CDMX promueve expedir cédulas profesionales de manera física con fotografía y firma

22 / 12 / 2020
Se impulsa una propuesta para modificar la Ley Reglamentaria del artículo 5° Constitucional, relativo a las profesiones
El Congreso de la Ciudad de México analiza una iniciativa para reformar la Ley Reglamentaria del artículo 5° constitucional, relativo a las profesiones en esta capital en materia de cédulas profesionales físicas. El diputado promovente y presidente de esta Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas, Nazario Norberto Sánchez, puntualiza en la propuesta que con el decreto expedido en abril de 2018, que establece las cédulas profesionales electrónicas, se carece de efectos de patente para el ejercicio profesional.
Agrega que, incluso, estos documentos carecen de ser una identificación para la persona titular, en virtud de que las nuevas cédulas profesionales electrónicas no cuentan con fotografía ni firma de la o el profesionista.
Explica que de aprobarse en el Pleno del Congreso local esta iniciativa, se enviaría al Congreso de la Unión para que continúe el proceso legislativo correspondiente.
De acuerdo con el legislador, con la nueva modalidad de cédulas profesionales electrónicas, se promueve una discriminación o trato diferenciado para aquellos profesionales que por edad o por tiempo de tramitación obtuvieron su cédula profesional física, y de aquellos que también por la edad o por el tiempo obtuvieron su cédula profesional electrónica.
“Si bien es cierto hoy en día las bondades de esta nueva modalidad son realmente efectivas en virtud de que se pueden obtener desde cualquier dispositivo móvil o verificar su autenticidad a través del código QR, también lo es que, sin justificación de lo anterior, fue eliminada la fotografía y la firma, abriendo una brecha en la que hoy cualquier persona puede ostentarse como un profesionista”, precisa.
Señala que es menester que con la fotografía y firma se identificaba correctamente a una persona y “posiblemente lo anterior pareciera configurarse en una regresividad a los derechos de las personas profesionales”.
La propuesta del diputado es que en el artículo 23 de la Ley Reglamentaria del artículo 5° Constitucional se especifique que son facultades y obligaciones de la Dirección General de Profesiones expedir la cédula profesional electrónica, y a petición de la o el interesado la cédula profesional física, misma que será expedida por una sola ocasión con fotografía y firma para su identidad.
Además, se señala que la cédula física y electrónica tendrán la misma validez en todas las actividades de carácter profesional.
























































































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