CNDH presenta Informe Especial sobre el Voto de las Personas en Prisión Preventiva en Hidalgo

15 / 09 / 2022
En el marco del Día Internación de la Democracia, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se suma a esta celebración con la emisión del Informe Especial en seguimiento a la Implementación del Modelo de Operación del Voto de las Personas en Prisión Preventiva en el estado de Hidalgo para el Proceso Electoral 2021-2022.
De esta manera, enfatizando lo dispuesto por la Organización de las Naciones Unidas, este día debe ser una oportunidad para visibilizar que la democracia se ha de centrar en las personas, que es tanto un proceso como un objetivo, y solo con la participación y el apoyo plenos de la comunidad internacional, los gobiernos, la sociedad civil y las personas, el ideal de la democracia puede convertirse en una realidad para que todas y todos la disfruten en todas partes.
Para este Organismo Nacional es indispensable trabajar en la protección y exigibilidad de los derechos sociales para el ejercicio pleno del derecho a la democracia, reconociendo que uno de los objetivos de la reinserción social es conceder que las personas privadas de la libertad mantengan contacto con el exterior, tengan acceso a información oficial sobre los acontecimientos relevantes de sus entidades y de su país, y no pierdan su sentido de pertenencia como un miembro importante de la sociedad a través de las decisiones que adoptan a favor de esta, lo cual solo puede lograrse si se les garantiza sus derechos político-electorales y a incentivar al interior de los centros una cultura cívica que incite a la generación de propuestas destinadas a esta población que trasciendan no solo en campañas políticas sino en programas y políticas públicas en su favor.
Por tal motivo, en seguimiento a las acciones emprendidas conforme al Modelo de Operación del Voto de las Personas en Prisión Preventiva, dispuesto por el Instituto Nacional Electoral (INE) en 2021, que dio lugar a la implementación de una prueba piloto en diversos Centros Federales del país, y con motivo de que ese instituto aprobó los Lineamientos para la Organización del Voto de las Personas en Prisión Preventiva en el estado de Hidalgo, así como su Modelo de Operación, esta Comisión Nacional, en mayo de 2022, mantuvo presencia en la jornada electoral anticipada celebrada en centros de reinserción social de esa entidad, tal como lo hizo en su momento en los Centros Federales.
Personal de la CNDH constató el desarrollo de las votaciones de las personas en prisión preventiva en tres de los cuatros centros penitenciarios elegidos en el estado de Hidalgo, siendo estos los Centros de Reinserción Social de Pachuca, Tula y Tulancingo; mientras que en el Centro de Reinserción Social de la Huasteca Hidalguense se solicitó información relativa a los comicios efectuados.
Es importante destacar que el estado de Hidalgo es la única entidad en la que se admite la celebración de votos emitidos por personas en prisión preventiva y cuya legislación electoral local así lo sustenta, teniendo que, dichas personas participaron en la Jornada Electoral para la renovación de la Gubernatura correspondiente conforme al Proceso Electoral 2021-2022, una vez que cumplieron los requisitos establecidos para formar parte de la Lista Nominal de Electores de las Personas en Prisión Preventiva.
De esta manera, la presencia de este Organismo permitió reunir información e incluso, posterior a la jornada electoral anticipada, se sostuvieron diversas entrevistas con las personas que emitieron su voto, datos valiosos que dieron lugar a la emisión de este Informe Especial en el que se da cuenta del desarrollo de la jornada electoral en cada centro penitenciario.
Se hace un análisis de la información brindada por las personas en prisión preventiva que emitieron su voto y cómo vivieron dicha experiencia a partir de un enfoque de derechos humanos, además de destacar las buenas prácticas realizadas y aquellas áreas de oportunidad a mejorarse, haciendo una serie de propuestas a observar con el fin de que se traduzcan en una mayor protección de sus derechos, entre estos, sus derechos político-electorales -en su modalidad de emitir su voto- de frente a los comicios que se celebren en otras entidades de la República y a las relativas al año 2024.
De este modo, se destacaron y reiteraron aspectos que deben ser observados e impulsados por parte de las diversas autoridades electorales, corresponsables y de los sistemas penitenciarios estatales, a fin de lograr una participación informada, efectiva, segura, libre y accesible de toda persona en prisión preventiva que cumpla con los requisitos para formar parte de las Listas Nominales, destacando la necesidad del impulso efectivo y oportuno de una difusión previa, amplia y suficiente sobre la importancia de ejercer su voto y sobre las propuestas electorales a las personas en prisión preventiva.
Así como sensibilización a los candidatos a generar propuestas específicas destinadas a la población penitenciaria en cada entidad y a nivel nacional, según corresponda; prever una mayor asignación de recursos humanos y materiales para agilizar y eficientar las votaciones en los centros penitenciarios del país; garantizar el resguardo efectivo del material electoral tras la emisión del voto en prisión preventiva; garantizar una mayor participación de personas en prisión preventiva pertenecientes a algún grupo de atención prioritaria; y, finalmente, garantizar y proteger el derecho al voto de forma libre y secreta.
Además, en dicho Informe se reitera la necesidad de impulsar una mayor participación de mujeres en prisión preventiva que deseen emitir su voto, así como garantizar, a través de acciones afirmativas, la participación de diversos grupos de atención prioritaria.
A través del Informe también se observó que, por lo que hace a la situación jurídica de algunas personas en prisión preventiva, muy posiblemente y de acuerdo a sus testimonios, ya había transcurrido el plazo constitucional para ser procesadas y recibir una sentencia, por lo que los datos obtenidos generan preocupación para este Organismo, en tanto que se reitera la trascendencia de una revisión urgente de su situación legal, el impulso de sus procesos y, en su caso, de la interposición de los recursos legales que correspondan a la luz de los principios pro persona y presunción de inocencia, puesto que este escenario es probablemente similar al que enfrentan otras personas en otras entidades del país.
Por otra parte, en dicho Informe se hizo un análisis en torno a que, de las 32 entidades federativas que cuentan con una legislación electoral propia, solo Hidalgo contempla el derecho al voto de las personas en prisión preventiva, en tanto que, en 31 de estas no se prevé de manera expresa el acceso al ejercicio al voto a dichas personas, por lo que se hace énfasis sobre la importancia de que los Congresos locales de cada uno de esos estados contemplen, de manera progresiva, reformas que a la luz de la resolución emitida por el Tribunal Federal Electoral reconozcan expresamente el ejercicio del sufragio a las personas en prisión preventiva.
Así, la CNDH reconoce y acompaña las acciones realizadas por las diversas autoridades electorales, así como la Secretaría de Seguridad Pública y de Reinserción Social, ambas en dicha entidad, que permitieron la realización de una histórica jornada electoral anticipada a favor de las personas en prisión preventiva. Asimismo, se celebra la presencia de algunas organizaciones de la sociedad civil que acompañaron dichos procesos, lo cual abre paso a la exigencia de que nuestro país visibilice que la participación política de las personas privadas de la libertad, conforme al principio de la igualdad sustantiva, es la base de una verdadera democracia, en la que la restricción legal de la libertad no debe constituir el menoscabo o limitación de otros derechos.
Por lo anterior, este Organismo a través del presente Informe y conforme a los principios y valores que se invocan en este Día Internacional de la Democracia, refrenda su compromiso en la protección y defensa de los derechos político electorales de las personas privadas de la libertad, sumándose a que sean escuchadas, y formen parte de las decisiones de nuestro país, sin discriminación a causa de su situación jurídica y velando porque formen parte de las elecciones de nuestro país, que les permita su reconocimiento como ciudadanas y ciudadanos, capaces de contribuir a la esencia de la democracia a través de la emisión de su voto, y a su vez, les permita acceder a una efectiva reinserción social.
























































































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