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CNDH emite extrañamiento al mecanismo de defensores de derechos humanos y protección a periodistas

1 dic 2021
3 min de lectura

30 / 11 / 2021


Esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ha sido enterada de que: "la Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida, recibió solicitud de incorporación a este Mecanismo de Protección, del defensor de derechos humanos José Martínez Cruz…


“Por lo anterior, solicito su intervención y colaboración para que, en caso de no existir impedimento legal alguno y en el ámbito de su competencia y de sus atribuciones, se le garantice sus derechos para ejercer libremente su labor en defensa de los derechos humanos…”


Al respecto, la Comisión Nacional se ve precisada a declarar que ha sido y es respetuosa de los trabajos de ese Mecanismo de Protección y colaborará incondicionalmente en apoyo de los peticionarios y beneficiarios de dicho mecanismo; sin embargo, por eso mismo no puede evitar emitir un franco extrañamiento por la solicitud de que “… se le garantice sus derechos para ejercer libremente su labor en defensa de los derechos humanos …”, lo anterior, porque este Organismo Autónomo en ningún momento ha limitado los derechos de nadie, por el contrario, se ha intervenido y se interviene por todas aquellas personas que no han sido atendidas por el Mecanismo de Protección, a pesar de que se han emitido medidas, e incluso recomendaciones, derivadas de quejas, a ese órgano colegiado, que en algunas ocasiones no ha aceptado, y justamente con argumentos que resultan por lo menos contradictorios con lo que raudamente se concede ahora.


Extraña, sobre todo, que se ha negado la incorporación al Mecanismo, y se tiene documentado, a varias personas defensoras de derechos humanos y periodistas, algunas en riesgo inminente de su vida incluso, y es el caso que ahora, de manera por demás apresurada se le otorga al C. José Martínez Cruz, quien prestó sus servicios como director general de la Primera Visitaduría desde el 1 de enero hasta el 31 de agosto de 2020, fecha en que dejó la Dirección General derivado de su deficiente desempeño como funcionario público, pero sobre todo, por contradecir su condición de defensor de derechos humanos, que fue la razón por la que se le invitó al cargo.


El ex director general ha venido haciendo reiteradas declaraciones que no solo resultan temerarias y mentirosas, transgrediendo el Código de Ética y Conducta de los Servidores Públicos de la CNDH que se comprometió a observar, sino que ha hecho pública información sensible, información relativa al Caso Iguala a la que ciertamente tuvo acceso con motivo de su encargo, actuación que contradice su condición de defensor de derechos humanos, en detrimento de los intereses de las víctimas y, peor aún, poniendo en riesgo el seguimiento de sus asuntos.


En virtud de lo anterior, con fecha 27 de noviembre de 2020, se presentó ante el Órgano Interno de Control de esta Comisión, denuncia de hechos por posibles infracciones en contra de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, misma que está siguiendo su curso y se está deliberando en los Tribunales Federales correspondientes, al haberse encontrado elementos de lo denunciado.


La importancia del asunto reside en que se está pretendiendo otorgar el Mecanismo a una persona que, más allá de las omisiones y transgresiones que cometió como funcionario púbico, motivo por el cual se le retiró de esta Comisión y está en un proceso, ha transgredido sus responsabilidades y ha faltado a sus deberes irrenunciables de defensor de derechos humanos, como él se ostenta, y al no acatar el mandato de ley, además de actuar en contra de los principios de esta Comisión lo hizo en perjuicio de las víctimas, lo que es éticamente mucho más grave.


Concluimos este extrañamiento para decir que, en uso de sus facultades y dentro del ámbito de su competencia, este Organismo Constitucional Autónomo seguirá colaborando con el Mecanismo, lo hará siempre en apoyo e interés de las víctimas, aclarando, sin embargo, que las acciones generadas por las conductas ilícitas del ex director general nada tienen que ver con afectaciones a sus derechos ni a su actuar como defensor independiente, por lo que corresponde resolverlas únicamente a las autoridades competentes y, siempre conforme a derecho, el señor Martínez Cruz deberá de responder por ellas.


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