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Claroscuros en los disposiciones fiscales al inicio de la Cuarta Transformación: PGA

5 feb 2019
3 min de lectura


Los cambios fiscales que entraron en vigor con el inicio de la nueva administración tienen tanto aciertos como errores en materia de fomento a la simplificación tributaria y como promotores de la actividad económica del país.


La firma consultora Pérez Góngora y Asociados advierte que, como en otros sectores, en el ámbito fiscal se observa una importante número de cambios en las reglas del juego, aunque en este caso no todas parece que podrán fomentar el buen desarrollo de la actividad recaudatoria y la actividad productiva del país.


Durante su ponencia en el marco de las conferencias Reformas Fiscales 2019, organizadas por la firma especializada, Juan Carlos Pérez Góngora explica que muestra de ello es el Decreto de Estímulos Fiscales Región Fronteriza Norte, mismo que fue publicado el 31 de diciembre del año pasado.


El decreto, señala, será positivo en general para la dicha zona, derivado de disposiciones como la baja del IVA para los consumidores de la región, personas físicas y morales que realicen enajenación de bienes, prestación de servicio independientes y otorgamiento de uso o goce temporal de bienes, con algunas excepciones.


En tanto el Impuesto Sobre la Renta lo bajan en esta región del 30 al 20% tanto a personas físicas con actividad empresarial, contribuyentes que tengan agencias o sucursales en la región, con ciertas excepciones.


Contrariamente, una disposición incorrecta de las nuevas disposiciones fiscales, aseveró el especialista, es la relacionada con la denominada Compensación Universal, que si bien tiene el propósito de evitar el que gente abuse con operaciones inexistentes y facturas falsas y se generen saldos a favor con facturas los cuales se puedan compensar, podrían generar dificultades en el pago de impuestos.


Añade que anteriormente si se tenía un saldo a favor se podía compensar el Impuesto Sobre la Renta contra el IVA y ahora esa opción está muy limitada ya que solo se puede compensar contra el mismo impuesto.


Pérez Góngora comenta que la forma original de la Compensación Universal es ideal para facilitar el pago de impuestos ya que el acreedor y deudor tienen deudas recíprocas que pueden compensarse.


Asimismo, detalla, en su ponencia que los cambios en la Retención de Intereses para los ahorradores no representa un buen cambio, ya que la tasa de retención por intereses será del 1.04% en lugar de 0.46%, sobre el monto del capital que de lugar al pago de los mismos, lo cual es demasiado ya que no hay condiciones para un aumento tan importante.


Comenta que en lo que se refiere las actividades vulnerables previstas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, los sujetos obligados que no se encuentren al corriente en cumplimiento de dichas obligaciones por el periodo del 1 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018, podrán implementar programas de auto regularización, previa autorización del SAT.


Lo anterior siempre que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de 2019, por lo que no procedería de esta forma la imposición de sanciones respecto del periodo de incumplimiento que ampare el programa, es decir el SAT podrá condonar multas fijadas en términos de dicha Ley durante el periodo de incumplimiento que ampare el programa, lo que, aseveró el directivo, envía un mensaje incorrecto al permitirse no cumplir con obligaciones y esperar a que las autoridades condenen las deudas.


El director general de Pérez Góngora y Asociados asegura que habrá que esperar algunos meses para analizar a detalle el desempeño de éstas y muchas otras nuevas disposiciones fiscales en México, aunque en principio no todas parecen dirigirse hacia un mejoramiento de las condiciones tributarias tanto para la sociedad en general como para la comunidad empresarial del país.


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