LA CNDH EMITE RECOMENDACIÓN A SEDENA Y PGR, POR MUERTE DE UNA MUJER EN EL HOSPITAL MILITAR REGIONAL

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 38/2017, dirigida al secretario de la Defensa Nacional y al procurador General de la República por violaciones al derecho a la protección a la salud, a la vida y al acceso a la justicia, por personal del Hospital Militar Regional y de la Delegación de la PGR Tamaulipas.
Tras analizar una queja remitida por la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, por razón de competencia, la CNDH determinó que personal del Hospital Militar Regional de Tampico, Tamaulipas, dependiente de la SEDENA, omitió brindar atención médica adecuada a una paciente con 38 semanas de embarazo, quien perdió la vida.
El 11 de agosto de 2015, una mujer de 30 años fue internada en el referido hospital para inducción del trabajo de parto, con el fin de evitar una macrosomía, sin tomar en cuenta algunos factores físicos de riesgo y la posibilidad de que el producto sufriera alteraciones patológicas posteriores al nacimiento.
Durante la intervención quirúrgica, la víctima presentó sangrado posparto, por lo que fue intervenida en tres ocasiones y se le extirpó la matriz; sin embargo, los médicos responsables omitieron prescribir transfusión inmediata, por lo que dicho procedimiento se realizó dos horas después, ocasionando falla multiorgánica por choque hipovolémico, y el posterior fallecimiento de la paciente.
En análisis de evidencias efectuado por personal médico de la Comisión Nacional se constató que, después del parto y durante las 17 horas posteriores al mismo, a la víctima sólo se le practicó un estudio de laboratorio clínico, a pesar de que cuando se presenta un cuadro de hemorragia obstétrica grado IV y existe el riesgo de coagulopatía se recomienda realizar estudios seriados cada 30 minutos.
La CNDH determinó que, al ser un experto en ginecobstetricia, el médico responsable no valoró el riesgo que presentaba el inducir el parto y, por tal motivo, debió recomendar operación cesárea, para garantizar el derecho a la vida de la paciente y la protección de su salud.
En lo que corresponde al estado de salud del menor de edad, al momento de nacer presentó distocia de hombros y se le diagnosticó sepsis neonatal temprana, por lo que se le sometió a tratamiento antibiótico hasta su alta médica.
Por estos hechos se presentó denuncia ante la Procuraduría General de Justicia Militar misma que, por razones de competencia, fue remitida a la Delegación de la PGR en Tamaulipas, instancia que inició averiguación previa y posteriormente la envió a reserva.
Al respecto, este Organismo Nacional acreditó demora en la investigación del caso por servidores públicos de la PGR, dado que la primera diligencia se realizó casi 19 meses después de que inició la averiguación previa, con lo cual se vulneró el acceso a la justicia de la víctima y su familia en la modalidad de inadecuada procuración de justicia.
Por lo anterior, la CNDH solicita al secretario de la Defensa Nacional reparar el daño a las personas afectadas, inscribirlas en el Registro Nacional de Víctimas, otorgarles atención psicológica y tanatológica; además, colaborar en la presentación y seguimiento de la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control de la SEDENA.
Al procurador General de la República se le pide girar instrucciones para que se practiquen, en un plazo razonable, las diligencias necesarias relacionadas con la averiguación previa del caso y colaborar en la queja que la CNDH presente ante la Visitaduría General de la PGR por las omisiones señaladas.
























































































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