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EVITAR ACCIDENTES EMPLEADOS CON MANEJO ADECUADO DE EQUIPO PERSONAL PARA SU SEGURIDAD: STPS

18 jul 2017
2 min de lectura


La normatividad laboral obliga a los patrones no solo a dotar de vestimenta y accesorios indicados de protección a sus trabajadores, sino a capacitarlos para su mejor utilización y funcionamiento durante el desempeño de sus actividades productivas


Muchos de los accidentes laborales ocurren por la omisión en el uso de equipo de protección personal o la baja calidad de sus materiales, por lo que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) fomenta entre los patrones y los empleados el cumplimiento de sus obligaciones en seguridad y salud, a fin de reducir riesgos.


La Norma Oficial Mexicana “NOM-017-STPS-2008 Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros de trabajo”, establece los requisitos mínimos para que el dueño de la empresa seleccione, adquiera y proporcione a sus trabajadores, la vestimenta y utensilios necesarios para protegerlos de los agentes del medio ambiente laboral que puedan dañar su integridad física y su salud.


La Ley Federal del Trabajo (LFT), en su Artículo 134, fracción II, mandata a los trabajadores a observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como las que indiquen los patrones para su seguridad y protección personal.


Los patrones, conforme el Artículo 343-C, fracciones III y IV, también deben identificar y analizar los riesgos a los que están expuestos los trabajadores por cada puesto y área del centro laboral, e informarles de los peligros que éstos implican para su salud y las medidas de prevención y protección aplicables.


También corresponde a las empresas proporcionar el equipo correspondiente a sus trabajadores, así como capacitarlos respecto de su utilización, funcionamiento y aplicación de acuerdo con la región anatómica.


Este equipo deberá cumplir con atenuar la exposición del trabajador con los agentes de riesgo; que, en su caso, sea de uso personal; que esté acorde a las características físicas de los empleados; que cuente con las indicaciones, las instrucciones o los procedimientos del fabricante para su uso, revisión, reposición, limpieza, limitaciones, mantenimiento, resguardo y disposición final.


Entre otras indicaciones, la NOM-017-STPS-2008 ordena identificar las limitaciones del equipo de protección personal e incluir la información sobre la capacidad o grado de protección que éste ofrece; e incluir la información que describa en qué condiciones no proporciona protección o donde no se debe usar.


Asimismo, tiene que considerarse el tiempo de vida útil del equipo que el fabricante recomiende y las fallas o deterioros que el trabajador identifique, de tal forma que impida su óptimo funcionamiento.


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