PROFEPA CLAUSURA PREDIOS Y DECOMISA MADERA DE CEDRO ROJO POR NO CONTAR CON AUTORIZACIÓN DE SEMARNAT

En diferentes acciones que realizó la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) en tres estados del país, clausuró un predio de desarrollo inmobiliario en Yucatán, decomisa 19,672 metros cúbicos de madera de rollo de cedro rojo en Acapetahua, Chiapas y clausura dos predios por remoción de suelo, cubierta vegetal y derribo de arbolado en Estado de México, debido a que no contaban autorización por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
En el primer caso se clausuró de manera temporal total el predio ubicado al norte de Mérida, Yucatán, en donde se pretendía construir un desarrollo inmobiliario, ya que no contaba con la autorización de materia de Cambio de Uso expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Durante la visita de inspección realizada a la subcomisaria de Suytunchén al norte de Mérida, se localizó un predio identificado como “Campo Bravo”, el cual tiene una extensión total, de aproximadamente 16.2 hectáreas de las cuales se removieron 9.9 de vegetación de selva baja caducifolia donde se distribuyen de manera natural especies leñosas para la construcción de un desarrollo inmobiliario.
Al no contar con la documentación en regla PROFEPA procedió a clausurar el predio y de conformidad con el artículo 165 fracción II en relación con el artículo 163 fracción VII, ambos de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), el responsable de la obra puede hacerse acreedor a una multa por el equivalente de 100 a 20,000 mil veces de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal al momento de cometerse la infracción.

Mientras, por parte del Código Penal Federal, establece en su artículo 418, una pena de seis meses a nueve años de prisión al que ilícitamente cambie el uso del suelo forestal.
Asimismo, decomisó 19,672.m3. de madera de rollo de la especie cedro rojo que se encuentra dentro de la NOM-059-SEMARNAT-2010, en categoría de Protección Especial en el municipio de Acapetahua, Chiapas, en una zona ubicado al sur del Ejido Matamoros, debido a que los responsables no contaban con la autorización de aprovechamiento de la especie.
En el lugar durante una visita de inspección, personal de la Delegación de la PROFEPA en la entidad observó el derribo de 23 árboles de cedro rojo y 102 trozas de madera de la misma especie, las cuales arrojaron un volumen total de 19.672 metros cúbicos de madera.
Durante la diligencia el inspeccionado no presentó el registro como Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA) y autorización de aprovechamiento extractivo para cedro rojo (Cedrela odorata), expedida por la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), por lo que se procedió al aseguramiento precautorio de dicha madera, quedando en calidad de depositaria en el mismo lugar.

De la misma manera, PROFEPA clausura dos predios forestales con un total de 1.785 hectáreas de suelo forestal afectado en los municipios de Temascaltepec y Coatepec Harinas, Estado de México, debido a las actividades de extracción de materiales pétreos, remoción, cubierta vegetal, así como cambio de uso de suelo sin contar las autorizaciones correspondientes.
De acuerdo a una denuncia ciudadana en el primer predio personal de la Delegación de la PROFEPA en la entidad, realizó visita de inspección en materia forestal por cambio de uso de suelo en el predio del municipio de Temascaltepec, donde constató actividades de remoción de suelo, cubierta vegetal y derribo de arbolado, con una superficie total afectada de 785.3m2 de terreno forestal.
En tanto en el municipio de Coatepec Harinas, en materia de impacto ambiental los inspectores de la PROFEPA observaron una afectación forestal de una hectárea, a causa de la extracción de materiales pétreos y remoción de la cubierta forestal.
En estos dos casos, los responsables de las actividades en dichos predios no exhibieron las autorizaciones para realizar actividades de Cambio de Uso de Suelo (CUS) dentro de terrenos forestales e impacto ambiental, que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), razón por la que se procedió a colocar sellos de clausura en las áreas afectadas.
Finalmente, se impusieron de conformidad con el Artículo 170 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en materia de impacto ambiental, y por el cambio de uso de suelo en terrenos forestales en el Artículo 161, Fracción II de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

























































































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