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Alto al robo de vehículos y autopartes en la capital; legisladores de Morena proponen reformas

hace 18 minutos
3 min de lectura

22 / 09 / 2026


Para poner un alto al robo de vehículos y autopartes en la Ciudad de México, debido a que éste es el inicio de una cadena delictiva que opera de manera especializada, los diputados de Morena en el Congreso de la capital, Xóchitl Bravo Espinosa y Alberto Martínez Urincho, proponen reformas a diversas disposiciones del Código Penal capitalino.


En la Sesión Ordinaria de este martes, la Mesa Directiva dio a conocer que la iniciativa de ambos legisladores de Morena tiene como finalidad derogar la Fracción VI del Apartado A y el Apartado B del Artículo 224; adicionar un Capítulo XI al Título Décimo Quinto, y modificar la Fracción V del Artículo 253 del citado ordenamiento.


En su documento, precisan que el hurto de vehículos y autopartes comprende la sustracción, traslado, desmantelamiento, transformación, comercialización y el consumo final de piezas de procedencia ilícita.


“Esa cadena opera de manera especializada, con división de tareas, rutas conocidas, bodegas de acopio, puntos de venta físicos y digitales, y una demanda constante de piezas a bajo precio”.


Señalan que el aumento de la punibilidad por sí sólo no reduce la incidencia delictiva, por lo que proponen un rediseño de la técnica de tipificación que permita sancionar el robo, independientemente del valor de las piezas, y tipificar de manera autónoma el desmantelamiento, la comercialización y la posesión de vehículos y autopartes robadas.


También buscan establecer agravantes objetivas y verificables; proteger de forma expresa a quien actúe de buena fe, y reconocer que las citadas conductas delictivas suelen ejecutarse de manera organizada, incorporándolas al catálogo del Artículo 253 del Código Penal local.


Los representantes populares indican que el Código Penal todavía trata esta problemática como una modalidad agravada del robo simple, cuya punibilidad depende del valor de mercado del automotor y las autopartes sustraídas.


Además, castiga las conductas posteriores -desmantelamiento, comercialización, posesión y traslado- a través de la figura de “encubrimiento por receptación”, que fue diseñada para supuestos distintos.


Bravo Espinosa y Martínez Urincho destacan en su texto que su propuesta pretende corregir cuatro consecuencias del robo de vehículos y autopartes: que la punibilidad no corresponde al daño real; la dispersión normativa fragmenta la investigación; la receptación genérica es de difícil acreditación, y que la respuesta institucional se concentra en la persona que comete el hurto.


En el primer caso, resaltan que el Artículo 220 establece que la pena básica se determina por el valor de lo sustraído.


“El robo de un faro, un espejo, una computadora o un catalizador se mide por el precio de la pieza, no por el daño que causa a la víctima -que incluye la reparación del vehículo, su inmovilización y, en muchos casos, la pérdida de su herramienta de trabajo-, ni por el riesgo que genera cuando se sustraen componentes de seguridad”, puntualizan.


Respecto al cuarto caso, exponen que el combate a este delito se concentra en el “eslabón más débil” de esta cadena delictiva dedicada a robar autos y piezas de los mismos.


“La persecución penal recae de manera desproporcionada sobre quien sustrae materialmente la pieza -muchas veces sustituible y reemplazable para la organización-, mientras que quien financia, acopia, transforma y vende permanece al margen del reproche penal efectivo”.


En ese contexto, reconocen que la baja denuncia de este delito se explica por la percepción de poca efectividad del trámite frente al valor de la pieza y por la escasa probabilidad de recuperación. Subrayan que el resultado es un delito de alta frecuencia, baja probabilidad de sanción y alta rentabilidad.


“La iniciativa corrige ese punto ciego mediante tipos penales autónomos para el desmantelamiento o transformación ilícita; la comercialización ilícita, y la posesión, uso o traslado. Con ello, el Ministerio Público podrá construir imputaciones por cada eslabón, sin depender de la acreditación del delito previo concreto que hoy exige el Artículo 243, y sin tener que subsumir conductas heterogéneas en una figura única”, enfatizan los morenistas.

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