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Hacia la construcción de una Ley de Responsabilidad Ambiental de la CDMX

Actualizado: 1 mar 2024


29 / 03 / 2024


Expedir la Ley de Responsabilidad Ambiental en la Ciudad de México, la cual tiene como objeto regular la responsabilidad que se origina por los daños causados a la salud de las personas como consecuencias directa o indirecta, de un daño al ambiente; y determinar la reparación integral de los daños causados al ambiente en la Ciudad de México, expuso Tania Larios, en el Foro: Hacia la Construcción de una Ley de Responsabilidad Ambiental de la Ciudad de México, remitida por la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial ante el Congreso de la Ciudad de México el pasado 03 de enero del 2024.


Cuando sean de competencia local de acuerdo con el esquema de distribución de competencias previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las Leyes de la materia, indica.


Cabe señalar que, la propuesta, considera dos tipos de ambientes: el natural y el construido, por lo que se estaría buscando que los daños al ambiente, no sólo sean sobre los elementos como el agua, suelo, aire o biodiversidad, sino también, sobre el construido; es decir, sobre edificios, calles o cualquier tipo de espacio construido por el ser humano.


Por su parte, Javier Ramos Franco, expuso que la Ley de Responsabilidad Ambiental en la Ciudad de México si bien se encuentra regulada no alcanza a satisfacer la responsabilidad integral del daño a la salud.


Es muy importante que la Responsabilidad Ambiental para contemplar los diversos mecanismos de reparación que existen y que "más allá de la restitución de las cosas del estado en que se encontraban antes de producirse el daño como pasa actualmente y de no ser posible al pago de una insaculación, todo eso encuentra una limitante muy importante que se subsana con este proyecto de ley", menciona.


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