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CNDH emite recomendación al Gobierno de Aguascalientes por deficiencias y falta personal de seguridad en tres Centros Penitenciarios


20 / 01 / 2024


Por falta de atención médica integral para las personas privadas de la libertad, revisiones indignas a visitantes e insuficiencia de personal de seguridad y custodia, entre otras irregularidades, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación al Gobierno de Aguascalientes al efectuar un recorrido en tres centros penitenciarios, por lo cual solicita garantizar condiciones de estancia digna y el derecho a la reinserción social.


Entre junio y agosto de 2023, personal de la CNDH se constituyó en las instalaciones del Centro Estatal Penitenciario “El Llano”, el Centro Estatal Penitenciario para Mujeres (CEP Femenil) y el Centro Estatal Penitenciario (CEP Varonil) y acreditó que los dos primeros no cuentan con personal necesario para atender las necesidades de salud de las personas privadas de la libertad, al carecer de médicos en los turnos nocturno y de fines de semana; mientras que los tres recintos, en general, presentan insuficiencia de guardias de seguridad y custodia.


Por otro lado, visitadores adjuntos de esta institución protectora de derechos humanos advirtieron que, al ingresar para visita familiar e íntima, las personas externas deben acudir con cierto tipo de vestimenta -que no tiene fundamento jurídico, los estigmatiza y pone en riesgo- y que, al no existir aparatos tecnológicos para efectuar revisiones no invasivas se les solicita el retiro de su indumentaria, situación que vulnera su dignidad.


El análisis del material recabado permitió a la Comisión Nacional acreditar violaciones a los derechos humanos a la reinserción social, a la protección de la salud, a la integridad personal y dignidad humana, así como al principio del interés superior de la niñez, pues en su opinión deben elaborarse programas que procuren la integridad personal y el reconocimiento de los derechos humanos de la población penitenciaria, a fin de brindarles una oportunidad de desarrollar una vida sin violencia y libre de estereotipos, además de otorgarles una atención con perspectiva de género.


A la falta de personal especializado en medicina durante los fines de semana y durante las noches, se suma la escasez de medicamentos y, aun cuando autoridades penitenciarias argumentaron que tienen acceso a atención médica de urgencia las 24 horas del día y de especialidad en cuatro hospitales distintos, esto no garantiza el otorgamiento de tratamiento y seguimiento necesarios; a lo cual se sebe añadir que en el caso del penal que alberga a mujeres es indispensable utilizar un enfoque de género de acuerdo a sus condiciones particulares, pues fue notoria la ausencia de profesionales en ginecología y pediatría, así como la inexistencia de convenios entre las secretarías de Seguridad Pública y de Salud estatales para atender esta cuestión.


También, se comprobó que el número de personas que realiza funciones de seguridad y custodia es insuficiente para atender las actividades cotidianas que se desarrollan en los módulos, áreas de visita familiar e íntima, talleres, aulas y zonas deportivas de los tres centros penitenciarios, lo que conlleva afectaciones a la operatividad cotidiana; generar eventualidades como evasiones, motines o riñas y poner en riesgo la gobernabilidad.


En el caso específico del CEP Femenil, la CNDH determinó que las personas privadas de la libertad se encuentran en situación de vulnerabilidad, pues las modificaciones realizadas en uno de los módulos para acondicionarlo como área de talleres, limita el espacio destinado a dormitorios y la población se encuentra por encima de la capacidad instalada en ese lugar.


A pesar de que cuenta con un terreno apto para la construcción de más espacios para talleres y/o lugares de esparcimiento, quienes ahí están recluidas ven limitando su acceso a servicios y espacios de mejor calidad, sin dejar de subrayar que en ese penal no existe una adecuada clasificación de las personas privadas de la libertad.


Durante los recorridos, la CNDH también recabó testimonios que señalaron la obligación de las personas visitantes de despojarse de sus ropas para llevar a cabo una revisión -incluyendo insumos de higiene femenina-, mientras que a la niñez menor de tres años se le retira el pañal de forma momentánea, lo que constituye un trato vergonzoso o denigrante que trae consigo un daño moral a la persona y menoscaba su dignidad, pues los tres penales en cuestión carecen de tecnología para llevar a cabo los procedimientos de inspección, como escáneres o detectores de objetos prohibidos.


Cabe resaltar que, en el caso específico de las revisiones a personas menores de edad, estos procedimientos transgreden el interés superior establecido en las leyes nacionales.


Ante estas y otras irregularidades, la CNDH recomendó al Gobierno del estado de Aguascalientes dar seguimiento al expediente administrativo que se inicie ante las instancias correspondientes; además de llevar a cabo las acciones que garanticen una estancia digna y segura para las mujeres que se encuentran en el CEP Femenil, realizando las adecuaciones necesarias en su infraestructura y equipamiento, en beneficio de ellas y sus hijas e hijos; además de llevar a cabo una adecuada clasificación de la población penitenciaria.


Asimismo, deberá garantizar la suficiencia de personal de salud de primer nivel y de especialidades en los tres centros penitenciarios; celebrar los convenios pertinentes con instancias estatales para coadyuvar en la atención médica integral; examinar el protocolo de revisión utilizado durante el ingreso a dichos penales para, en su caso, hacer los ajustes necesarios que permitan preservar el derecho a la integridad personal y dignidad humana de los visitantes; así como gestionar la compra de equipo tecnológico necesario para evitar revisiones intrusivas y capacitar al personal de seguridad y custodia respecto al cumplimiento del derecho humano a la integridad personal en las revisiones corporales.


Finalmente, deberá adquirir distintivos o prendas que permitan a las personas visitantes usarlos únicamente durante su estancia en dichos inmuebles para evitar que sean estigmatizados en el exterior o poner en riesgo su integridad; contar con el número suficiente de personal de seguridad y custodia y evitar actos de molestia a personas visitantes, incluidas las menores de edad, absteniéndose de realizar revisiones intrusivas, entre otros puntos recomendatorios.

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