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Caso de niño Erick, no solo se debe castigar, sino reparar: Karla Quintero


06 / 05 / 2025


  • Como jueza civil, tengo claro que la justicia no termina en el castigo penal, también debe haber reparación para los familiares, señala

  • La muerte del menor Erick “N” constituye un caso grave de responsabilidad civil por la omisión del deber de cuidado, señaló

     

Tras la muerte de un menor de 13 años durante un campamento en una academia militar en la alcaldía Cuauhtémoc, Karla Quintero Moreno, candidata a jueza civil en la Ciudad de Mpexico, expuso que la “justicia no sólo se castiga, también se repara”, por lo que se debe garantizar una indemnización económica y moral a sus familiares.

 

“Cuando una institución educativa entrega a una madre el cuerpo de su hijo con huellas de tortura y abandono, no hablamos solo de una tragedia, hablamos de una responsabilidad que debe asumirse. Como jueza civil, tengo claro que la justicia no termina en el castigo penal. También debe haber reparación para quienes cargan con el daño irreparable”, expresó.

 

La candidata por el Distrito Electoral Judicial Electoral 2, señaló que ante cualquier accidente que ocurra dentro de las instalaciones de instituciones educativas, estas deben cumplir y garantizar la reparación del daño.

 

“Aunque se castigue penalmente a quienes resulten responsables, la ley civil exige también reparación económica y moral para la familia. Son vías distintas, pero igualmente necesarias para hacer justicia”, mencionó.

 

Explicó que la responsabilidad civil es independiente de las investigaciones penales o administrativas, lo que significa que, aunque haya castigo a los culpables o sanciones a la escuela, la familia tiene derecho a ser indemnizada por la pérdida, el sufrimiento y el abandono institucional.


Resaltó que específicamente en el caso de la muerte del niño Erick “N” que se reportó el pasado 25 de abril. El hecho de que la Academia no contara con permisos para realizar el campamento escolar refuerza la existencia de una conducta irregular generadora de responsabilidad.


Quintero destacó que, de acuerdo con el Código Civil de la Ciudad de México, los familiares tienen derecho a reclamar una indemnización, independientemente de las investigaciones penales o administrativas que se realicen como lo establece el artículo 1910 que obliga a reparar el daño cuando se actúa de forma ilícita o negligente.


“Ninguna actividad escolar justifica la omisión del cuidado, mucho menos la muerte de un niño. La ley exige reparación, y exige hacerlo con humanidad, con firmeza y sin simulaciones”, manifestó.


En tanto, el artículo 1920 responsabiliza a quienes tienen bajo su cuidado a menores, como directivos escolares, por los daños causados durante esa custodia. Además de que los artículos 1927 y 1928 establecen la responsabilidad objetiva del Estado por omisión en la vigilancia institucional.

 

La candidata a jueza en la Boleta verde, número 15, ha visitado ocho colonias de su distrito, en las alcaldías Gustavo A. Madero y Cuauhtémoc, para platicar con los capitalinos sobre las elecciones del poder judicial del próximo 1 de junio.

 

Atlampa, Buenavista I, Santa María la Ribera, Ex Hipódromo de Peralvillo, Felipe Pescador, Maza, San Simón Tolnahuac, Valle Gómez y Peralvillo.

 

 

 

 

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