Tania Larios propone cuatro años de prisión a quien violente a la mujer en espacios públicos
28 / 10 / 2021
Tania Larios, diputada del Grupo Parlamentario de PRI, en el Congreso de la Ciudad de México, propuso una iniciativa a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, una sanción de dos a cuatro años de prisión, así como el pago de la reparación del daño ocasionado, incluyendo terapia psicológica.
La iniciativa contempla que “…cuando la conducta se realice en lugares de acceso al público, o por persona con quien la víctima tenga algún vínculo familiar o afectivo, la pena se incrementará en una tercera parte. Si la víctima fuese menor, las penas previstas en el párrafo anterior se incrementarán en un tanto más. Este delito se perseguirá por querella”, expuso.
La legisladora priísta propone que se adiciona un párrafo segundo y tercero a la fracción VI del artículo 7 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México y un artículo 179 Ter al Código Penal para el Distrito Federal.
Según la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) que lleva a cabo el INEGI señala respecto del tema del acoso callejero que uno de los espacios donde la población se sintió más insegura, con 74.2% fue en el transporte público. Por lo que debe considerarse la necesidad social y legal de garantizar, a través de una norma que prohíba y sancione aquellas conductas que violenten la esfera jurídica de las mujeres en los espacios de acceso público, así como en el transporte público, expuso.
La violencia contra las mujeres en los espacios públicos o comunitarios es sobre todo de índole sexual, que va desde frases ofensivas de tipo sexual, acecho (la han seguido en la calle) y abuso sexual (manoseo, exhibicionismo obsceno); en el ámbito comunitario estas situaciones ocurrieron en los siguientes espacios: 65.3% en calles y parques, 13.2% en el autobús o microbús, 6.5% en el sistema metro, 5.2% en mercados, plaza, tianguis y centros comerciales, 2.9% dentro de su vivienda particular, 1.9% en Ferias, fiestas, asambleas o juntas vecinales o en otro lugar público y 1.5%,en el Metrobús, detalla Tanía Larios.
Por último, comenta que es sancionar a quien realice hacia o ante una mujer una conducta, de naturaleza o connotación sexual, no consentida, que a consideración de la víctima le genere algún daño a su dignidad, honra o reputación.
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