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Respetar el proceso penal y plazo razonable contra la activista Kenia Inés Hernández Montalván: CNDH



  • La activista enfrenta un proceso penal ante el juez de Distrito Especializado en el Sistema Acusatorio Oral Penal del Centro de Justicia Penal Federal del Estado de Guerrero


Respetar los principios de debido proceso penal y plazo razonable en contra de la activista Kenia Inés Hernández Montalván, coordinadora del colectivo "Zapata Vive", es obligación constitucional del juez de Distrito responsable en la determinación que emita conforme al ámbito de su competencia, señala la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).


Este Organismo Nacional recuerda al juez de Distrito Especializado en el Sistema Acusatorio Oral Penal, del Centro de Justicia Penal Federal del Estado de Guerrero, con residencia en Acapulco, en funciones de Juez de Control que, acorde a los criterios establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el tiempo razonable para la duración del proceso, según el artículo 8 de la Convención Americana, debe medirse en relación a una serie de factores tales como la complejidad del caso, la conducta del inculpado y la diligencia de las autoridades competentes en la conducción del proceso.


La CNDH también destaca la importancia de que el referido juez de la Causa respete el principio de debido proceso, entendiendo éste como aquellos parámetros normativos del derecho internacional bajo los cuales deben dispensarse todas las garantías necesarias en el proceso.


Lo anterior, toda vez que el debido proceso es un derecho humano que debe ser garantizado por la actividad estatal que establece un deber para éste de organizar su estructura, con la finalidad de crear instancias procesales adecuadas que permitan a las personas estar en condiciones de defender sus derechos ante cualquier acto estatal que pudiera afectarlos, principio que es aplicable a todo orden normativo sea de carácter penal, civil, contencioso administrativo u otra materia.


Por ello, la CNDH reitera al órgano jurisdiccional que conoce la Causa Penal en contra de la activista Kenia Inés Hernández Montalván, la importancia de que respete las garantías mínimas del debido proceso, garantizando el conjunto de requisitos legales que deben observarse en las instancias procesales, en aras de que todo individuo pueda defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar su esfera jurídica.


La Comisión Nacional continuará atenta a la evolución de los acontecimientos con el objeto de garantizar un irrestricto respeto y protección de los derechos humanos de la activista y reitera su compromiso con las personas defensoras de derechos humanos para crear un frente común en el fortalecimiento de un Estado justo y democrático.

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