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PRD CDMX espera que el IECM ratifique su registro como partido político local


08 / 02 / 2025


  • El Consejo General determinará en fecha próxima sobre el cumplimiento de la resolución emitida en octubre de 2024


El 7 de febrero concluyó el plazo para que el Partido de la Revolución Democrática Ciudad de México (PRD CDMX) presentara ante el IECM los documentos con los que acredite haber dado cumplimiento a la resolución aprobada por el Consejo General en octubre de 2024.


El 21 de octubre de 2024, el Consejo General del IECM, a través de Resolución IECM/RS-CG-23/2024, determinó otorgar al PRD CDMX el registro como partido político local, al haber alcanzado por lo menos el 3% de la votación válida emitida en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.


Sin embargo, en dicha Resolución se determinó que el PRD CDMX debería cumplir con lo siguiente:


  • Remitir a la brevedad posible un nuevo Registro Federal de Contribuyentes conforme a los requisitos que prevé la normatividad electoral local;

  • Realizar las modificaciones que resulten necesarias a su Declaración de Principios y Estatuto y emita los reglamentos internos y lineamientos previstos en sus normas;

  • Llevar a cabo la integración de sus órganos directivos conforme a sus disposiciones estatutarias, y

  • Designar la representación propietaria y suplente ante este Consejo General conforme a las disposiciones de su Estatuto.


Para realizar dichas acciones, el Consejo General le otorgó el plazo de sesenta días hábiles posteriores a la entrada en vigor de su registro (2 de noviembre de 2024 al 30 de enero de 2025), y para informar lo relativo a tales acciones le concedió cinco días hábiles adicionales (31 de enero al 7 de febrero).


Además, se apercibió al PRD CDMX que, en caso de no llevar a cabo los actos ordenados, su registro como partido político local quedaría sin efectos.


En este sentido, los días 17 y 30 de enero, así como 6 y 7 de febrero, a través de diversos oficios, la Dirigencia del PRD CDMX presentó al IECM una serie de documentos para acreditar que dio cumplimiento a lo ordenado en la citada resolución, los cuales están siendo analizados por el área técnica con el objeto de presentar a las consejerías integrantes del Consejo General, a la brevedad, el dictamen respectivo sobre el cumplimiento o incumplimiento a dicha determinación.

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