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En México, el marco legal que debe garantizar la protección de los datos personales tiene lagunas jurídicas: Arístides Guerrero


10 / 02 / 2024


En México, el marco legal para garantizar la protección de los datos personales tiene lagunas jurídicas, asegura el comisionado presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO CDMX), Arístides Rodrigo Guerrero García al dictar la Conferencia Magistral “La Protección de Datos Personales en el Proceso Electoral”, en el Teatro José Rubén Santiago Tapia, de Morelia, Michoacán.


Resalta que en el caso de México, cuando llegó el SARS-CoV-2 las personas hicieron un mayor uso de las plataformas tecnológicas para “tomar las clases en línea, hacer consultas médicas; incluso el brindis de Navidad vía digital; motivo por el cual los organismos garantes nos dimos a la tarea de ver la forma de regular la protección de los datos personales en el ámbito digital”.


Desde el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (SNT), impulsamos la “Carta de Derechos de las Personas en el Entorno Digital: Un código de buenas prácticas” para velar por la protección de los datos de las personas en el ámbito tecnológico.


Durante su ponencia, Guerrero García invita a los asistentes a consultar la parte de Bienestar Digital en su teléfono celular para conocer cuánto tiempo pasan en su pantalla.

El comisionado presidente añadió que, prueba de la intensa actividad cotidiana que realizamos en los entornos digitales el estudio denominado “Nuestros Datos Nunca Duermen”, revela que, a nivel mundial, cada minuto circulan 347 mil imágenes en Instagram; se envían 41 millones 660 mil mensajes en WhatsApp; se realizan 5.9 millones de búsquedas por Google.


Señala que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) las y los mexicanos pasamos casi 5 horas diarias en la pantalla, “lo que quiere decir que estamos cerca de tres meses al año conectados, eso nos lleva a pensar si realmente vivimos en un entorno físico o hemos trasladado ya parte de nuestra vida a los entornos digitales”.


Explica que en materia electoral tampoco existía una legislación que protegiera los datos personales en el entorno digital, y que ha sido, a través de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que se ha generado un marco de protección de datos personales para las campañas electorales, principalmente en lo que se refiere a la protección de la imagen de los y las menores de edad en Internet.


“Ha sido a golpe de sentencias que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha emitido sanciones a candidatos, candidatas y partidos políticos que han subido una imagen de un niño o niña a Internet, a su Facebook, Twitter o Instagram sin el consentimiento del padre, madre o tutor y sin el consentimiento del menor; es decir, a golpe de sentencias se ha creado un marco normativo en materia de redes sociales vinculado con la materia electoral”, enfatiza Arístides Rodrigo Guerrero García.


En la actualidad, señala, cuando los partidos políticos, candidatos o candidatas a cargos de elección popular quieren utilizar en las redes sociales, fotografías o imágenes de una persona menor de edad en el ámbito digital deben contar con el consentimiento del padre o madre de familia, pero también de la niña o niño.

 

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