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CNDH exhorta urgentemente al Poder Judicial atender jurídicamente a mujeres privadas de la libertad en el Cefereso 16


06 / 10 / 2024


La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hace un respetuoso exhorto a las autoridades jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación y en las 31 entidades federativas, a fin atender de manera urgente, garantizar y proteger el derecho a la Seguridad jurídica de las mujeres privadas de libertad en el Centro de Readaptación Social CPS número 16, ante la falta de certeza judicial respecto a diversos temas pendientes de atender y resolver.


Una situación que solo contribuye a la zozobra y preocupación de las mujeres privadas de libertad, que agrava sus condiciones psicológicas, porque además de permanecer en reclusión, se encuentran a la espera sin certeza de resolución sobre su situación jurídica.


Frente a la urgencia que representa para esta Comisión Nacional, las condiciones que afrontan las mujeres privadas de la libertad en el Cefereso 16, así como para las familias de éstas, es de suma relevancia recordar al Poder Judicial de la Federación, y en las entidades federativas, que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos mandata -en su artículo 17- que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; y en su artículo 18 sobre el derecho a compurgar las penas en centros cercanos a sus familias.


Cabe recordar que, en los últimos meses, la autoridad del Cefereso 16 ha apoyado las solicitudes de traslado presentadas por mujeres privadas de la libertad para retornar a centros penitenciarios más cercanos al lugar de residencia de su núcleo familiar, realizándose un importante número de traslados de aquellas que lo plantearon a los jueces y juezas competentes en sus casos.


Asimismo, que estos traslados iniciaron a principios de este año 2024, como una medida para la mejora de las condiciones de vida de las mujeres privadas de la libertad. Sin embargo, debido al rezago que ya de por sí registra la emisión de sentencias y resoluciones por parte de la autoridad judicial, los traslados solicitados a sus lugares de origen se han visto aplazados, y agravado esto ahora, debido a la suspensión de labores que autoridades jurisdiccionales han adoptado, sin medir las consecuencias que esto tiene sobre las personas y sus derechos humanos.


Para la CNDH es sumamente preocupante el estado de desamparo judicial en el que se encuentran las personas privadas de la libertad, y que en el caso particular del Cefereso 16 tiene implicaciones sumamente relevantes para su integridad personal, y que claramente afectan sus derechos humanos.


Esta Comisión Nacional recibe de manera permanente quejas por parte de personas privadas de la libertad, y en especial de las mujeres que se encuentran en el Cefereso 16, en demanda de que se les garantice el pleno respeto a sus derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica, así como a la tutela judicial efectiva que son constantemente vulnerados por la falta de actuación judicial de garantía de una justicia pronta y expedita.


Sin embargo, por motivo de la legislación actual, tenemos limitaciones con respecto a las actuaciones y resoluciones del Poder Judicial.


Para las mujeres privadas de la libertad, un día más en reclusión es un día más de zozobra y angustia en espera del reencuentro con sus familias, principalmente de las que tienen hijos e hijas menores de edad. Por lo que insistimos en que es un principio básico de humanidad, además de respeto a los principios fundamentales de los derechos humanos, atender con prontitud sus solicitudes dadas las condiciones en las que se encuentran.


Cabe destacar que no sólo se encuentran aplazados en forma indeterminada los traslados que les permitirán continuar compurgando sus penas de sentencias de la autoridad judicial, ya que también hay un rezago significativo en la determinación de su situación jurídica, pues muchas de ellas aún se encuentran bajo proceso desde hace varios años. Algunas hasta con más de 10 años en la condición de “procesadas” y sin una sentencia.


Además, en muchos casos, las mujeres privadas de la libertad se encuentran en espera de que la autoridad judicial resuelva recursos que han promovido a través de sus abogados particulares, defensores públicos o que ellas mismas han enviado a los jueces y juezas, en el ejercicio de sus derechos humanos.


La garantía de seguridad jurídica es un derecho humano respecto al cual la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado en diversas ocasiones, reconociendo que implica la certeza y previsibilidad que debe proporcionar el sistema jurídico.


Respecto a la situación particular de las mujeres privadas de la libertad del Cefereso 16, consideramos que no sólo se ve afectada su condición jurídica sino también emocional y psíquica.


Para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con el debido respeto que reitera a la autonomía del Poder Judicial de la Federación y en las entidades federativas, es fundamental trascender agendas políticas y priorizar los derechos humanos de las personas privadas de la libertad y de las personas que se encuentran compurgando una pena o en espera de una sentencia, a fin de no dilatar las tareas de las autoridades responsables de garantizarles la seguridad jurídica para determinar sus situaciones particulares.

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