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Certeza a núcleos agrarios para impulsar ordenamiento territorial con visión ambiental


26 / 10 / 2020

  • Semarnat, Conanp, Procuraduría Agraria y Registro Agrario Nacional firman convenio de colaboración

  • Salvaguardar ecosistemas y vigilar que todo cambio de destino de las tierras ejidales se apegue a la normatividad, objetivo del acuerdo


Con el fin de garantizar que el aprovechamiento de la tierra genere bienestar en equilibrio con el medio ambiente, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la Procuraduría Agraria y el Registro Agrario Nacional (RAN) firmaron un convenio de colaboración.


Mediante el acuerdo se busca dar certeza jurídica a los núcleos agrarios, evitar el parcelamiento irregular en terrenos forestales y la urbanización de tierras ejidales ubicadas en Áreas Naturales Protegidas.


Fomentar la regulación de la protección, conservación, uso sustentable y restauración de los ecosistemas, recursos forestales y sus servicios ambientales en núcleos agrarios en los procedimientos de cambio de destino de tierras, son otras prioridades del convenio.


Durante la firma del documento, la secretaria de Medio Ambiente, María Luisa Albores González, asegura que el objetivo es lograr un ordenamiento territorial urbano y ecológico en el que se considere la parte ambiental y se garantice el respeto de las reservas naturales con que cuentan los diferentes núcleos agrarios.


De esta manera se podrá conjuntar una normativa que permita proteger importantes áreas que por su belleza paisajística y su riqueza han sido acechadas por las inmobiliarias, y donde durante mucho tiempo la parte ambiental no estaba solventada.


Por su parte, el procurador agrario, Luis Hernández Palacios, reitera que es momento de garantizar el desarrollo social y sostenible en ejidos y comunidades al establecer procedimientos para el ordenamiento territorial y ambiental participativo y poner freno a los cambios de destino y de uso de suelo que benefician a especuladores de la tierra.


Lo anterior “queda establecido en el Programa de Desarrollo de la Procuraduría Agraria, próximo a publicarse, que plantea en la temática específica no solamente la concepción de territorio para el aprovechamiento sostenible y social de los núcleos, sino la defensa de los bienes ambientales presentes en los núcleos agrarios”, señala.


El director en jefe del RAN, Plutarco García Jiménez, expresa que la firma de este convenio de colaboración crea una gran alianza institucional con la Semarnat y la Procuraduría Agraria y la Conanp para definir estrategias y resolver problemas en la preservación de los recursos naturales, sin afectar a los propietarios originarios de las tierras de propiedad social.


Afirma que desde el RAN se tiene la responsabilidad institucional de cuidar la integridad del 50% del territorio de propiedad social a nivel nacional, que alberga suelo y recursos naturales que son patrimonio y futuro de los mexicanos.


El titular de la Conanp, Roberto Aviña Carlín, asegura que este tipo de convenios fortalece la protección del territorio bajo una visión de comunidad y elimina las visiones parciales, autoritarias e impositivas que por mucho tiempo limitaron la conservación integral de la naturaleza en armonía con la sociedad.


De acuerdo con el convenio, el compromiso de Semarnat consiste en formular dictámenes de opinión e informes para identificar si una superficie de terreno tiene vegetación forestal, para dar cumplimiento a lo establecido en la legislación ambiental.


Por su parte, la Conanp intercambiará información y brindará la cooperación técnica que se requiera en materia de Áreas Naturales Protegidas, a fin de identificar aquellos ejidos que pretendan realizar cambio de destino de tierras de uso común o parcelado a asentamiento humano y que estén dentro de una ANP.


La PA se compromete a brindar al núcleo agrario ejidal la asesoría necesaria para que durante la celebración de una asamblea de delimitación, destino y asignación de tierras ejidales o cambio de destino de tierras de uso común a parceladas no se asignen predios en bosques o selvas tropicales.


En tanto, el RAN se encargará de verificar, una vez ingresada la solicitud de cambio de destino de tierras, que la documentación correspondiente cumpla con los requisitos de fondo y forma dispuestos en los ordenamientos en materias agrarias, ecológicas, territorial y de desarrollo urbano.


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