Insuficientes los avances para la aplicación de la convención sobre los derechos de las personas con
02 / 05 / 2020
A doce años de la entrada en vigor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) celebra las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para este grupo poblacional, en materia de consulta, participación, no discriminación, igualdad ante la ley y educación inclusiva, las cuales permiten implementar acciones efectivas conforme al espíritu de ese instrumento jurídico internacional.
Sin embargo, éste organismo constitucional autónomo manifiesta su preocupación en los siguientes rubros:
La armonización normativa continúa siendo insuficiente y alejada de los principios y preceptos establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, lo que ocasiona que esta población se encuentre en un estado de indefensión respecto de sus pares sin discapacidad.
No hay información oficial sobre la articulación, funcionamiento y actuación del Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (SINADIS).
Las instituciones encargadas de la coordinación, orientación, diseño e implementación de políticas y programas para la atención e inclusión de las personas con discapacidad están debilitadas.
Las políticas asistenciales no incluyen estrategias y acciones claras que deriven en la inclusión efectiva de las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la vida.
Escasa información sobre el rubro de discapacidad en los lineamientos del Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, así como mínima participación de las organizaciones de y para personas con discapacidad.
Por ello, esta Comisión Nacional recomienda al Estado mexicano: En conjunto con todos los actores involucrados, reforzar las acciones de armonización normativa conforme a los principios y preceptos contenidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en especial, el reconocimiento de las personas con discapacidad como iguales ante la ley.
Así como definir de manera clara las formas de articulación, funcionamiento, actuación y evaluación del Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (SINADIS).
Brindar certeza jurídica sobre el mecanismo para la coordinación, orientación, diseño e implementación de políticas y programas para la atención e inclusión de las personas con discapacidad, estableciendo competencias y atribuciones sólidas en términos del artículo 33 numeral 1 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Implementar políticas transversales e incluyentes encaminadas a lograr el desarrollo pleno de las personas con discapacidad.
El Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible incorpore de manera transversal el tema de discapacidad en sus acciones de seguimiento, con la participación activa de personas con discapacidad y sus familias a través de las organizaciones, de conformidad con los artículos 4 numeral 3 y 33 numeral 3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
La CNDH recuerda al Estado mexicano la deuda histórica vigente con las personas con discapacidad y le exhorta a cumplimentar al máximo de los recursos disponibles las obligaciones adquiridas en el referido tratado internacional.