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REFORMAR LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS: CRISTINA DÍAZ



Con el objetivo de revisar y perfeccionar los instrumentos para proteger los bienes jurídicos que tutelan, garantizar los derechos de las víctimas y, sobre todo, evitar su revictimización, Cristina Díaz Salazar, presidenta de la Comisión de Gobernación, propuso reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas (LGV).


Replantea esta propuesta de reforma a la Ley, la relación del Estado con las víctimas mediante una institución más ágil, cercana y efectiva que les permita una apropiación eficaz de sus derechos y la recuperación de su proyecto de vida; condiciones imperativas para alcanzar un pleno Estado de Derecho y paz social.


Además, Díaz Salazar indica que la iniciativa de reforma, busca, entre otras acciones, modificar la naturaleza jurídica de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) con el objetivo de fortalecer su operatividad, permitiendo dar mayor celeridad a la toma de decisiones con respecto a la atención a las víctimas, y el adelgazamiento de la estructura de mando de esta instancia y la eliminación de los Comités, esto último contribuirá a eficientar la investigación y la generación de política pública al concentrarse en una sola área.


Especifica que con la publicación de la LGV, el 9 de enero de 2013 y su posterior reforma del 3 de mayo del mismo año, el Estado mexicano construyó un entramado jurídico e institucional para garantizar, proteger y promover los derechos de las víctimas de delitos y de violaciones a derechos humanos que, hasta entonces, no habían sido debidamente reconocidos.


La legisladora priísta refiere que tanto la LGV y la creación del Sistema Nacional de Atención a Víctimas (SNAV) constituyeron un parteaguas en México: la creación de una política de Estado en materia de atención a víctimas y la consolidación de un derecho victimal efectivo.


Señala que a tres años de la entrada en vigor de la Ley y dos años de la puesta en operación de la CEAV, se ha identificado la existencia de disposiciones que dificultan aspectos fundamentales de la operación de la Comisión y sus áreas sustantivas, obstaculizando los procesos de atención y reparación.


Díaz Salazar explica que este ejercicio legislativo parte del análisis de una ley que en su momento fue profundamente innovadora y atendió una necesidad impostergable, pero que a la luz del estudio de su implementación en la actualidad, se hace evidente la importancia de realizar modificaciones para fortalecer el marco jurídico de la operación institucional.


Subraya que para garantizar la efectividad de las acciones del gobierno a favor de las personas en situación de víctima, resulta imprescindible que en la elaboración de la política pública participen en forma activa los distintos actores sociales, de tal forma que la aplicación de las directrices de atención y el ejercicio de los recursos públicos destinados a la ayuda, asistencia y reparación integral sea lo más abierta y transparente posible.


Al respecto expresa que es responsabilidad del gobierno garantizar que las víctimas puedan acceder de manera ágil a los recursos previstos por la ley para resolver sus necesidades inmediatas derivadas del hecho victimizante y también, a los destinados a la reparación integral.

Por ello, agrega, resulta apremiante el adelgazamiento de los mandos altos y la implementación de mecanismos que permitan a las víctimas dar seguimiento eficaz a sus asuntos.


Con esta modificación se amplían los alcances del concepto de reparación integral con cargo al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.


Asimismo, se incluye que las medidas de reparación integral previstas en el artículo 27, podrán cubrirse con cargo al Fondo o a los Fondos estatales.


Se informa, la iniciativa de reforma fue turnada a comisiones para su dictaminación.


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